domingo, noviembre 24, 2024
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Diputados aprueban reformas a la Ley en favor de la Familia y la Niñez.

Aguascalientes, Ags. Se avaló con 16 votos el dictamen acumulado de la Comisión de Familia y Derechos de la Niñez, que resuelve las iniciativas por la que se derogan y reforman diversos los artículos del Código Civil del Estado de Aguascalientes.
 
La reforma establece que cuando el cónyuge no sea el padre biológico del niño o niña, para su registro tendrá lugar un trámite administrativo en el cual la progenitora y el padre biológico, se presentarán personalmente ante la Oficialía del Registro Civil exhibiendo una declaratoria en que la que manifiesten bajo protesta decir la verdad que él es el padre biológico del menor.
 
Posteriormente se aprobó con 20 votos el dictamen de la Comisión de Familia y Derechos de la Niñez, que resuelve la iniciativa por la que se reforma el artículo 153 del Código Civil del Estado de Aguascalientes.
 
El objeto de la iniciativa consiste en garantizar el derecho de las personas a contraer matrimonio cuando padezcan algún tipo de hábito, condición o enfermedades, siempre y cuando los contrayentes manifiesten y firmen ante el oficial de Partes del Registro Civil que acceden de manera informada, consensuada, voluntaria y libremente a contraer matrimonio.
 
Asimismo, se avaló con 20 votos el dictamen acumulado de la Comisión de Familia y Derechos de la Niñez, que resuelve las iniciativas por las que se reforma el artículo 420 del Código Civil del Estado de Aguascalientes.
 
El propósito de la reforma tiene como finalidad reducir la edad que requiere el menor para otorgar su consentimiento para la adopción y adicionar dos supuestos, el consentimiento de las personas incapaces y una obligación del juez familiar en los juicios de adopción.

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