Requisito que todos los fraccionamientos tengan cisternas.
Aguascalientes, Ags. En sesión extraordinaria de la Comisión de Planeación, Desarrollo Urbano y Obras Públicas de la LXV Legislatura del Congreso de Aguascalientes, que preside el diputado Maximiliano Ramírez, y que integran las y los asambleístas Alma Hilda Medina, Arturo Piña, Adán Valdivia y Emanuelle Sánchez Nájera; se avaló el dictamen de reforma a los artículos 184 y 304 del Código Urbano del Estado.
El objeto de la iniciativa consiste en asegurar un suministro constante de agua en los hogares de los habitantes del Estado, para así lograr ser autosuficientes y resilientes en circunstancias adversas.
En esta propuesta de reforma al Código Urbano se plantea como requisito que en los fraccionamientos habitacionales, se instale una cisterna y/o macro cisterna que contenga la reserva de agua potable, con capacidad mínima de 1,100 litros y para el caso de los predios habitacionales urbanos propone que sea un requisito contar con cisterna para agua potable con capacidad mínima de almacenaje de 1,100 litros y un tinaco con capacidad mínima de almacenaje 1,100.00 litros excepto en viviendas con sistemas de bombeo presurizado.
Esta Comisión estima procedente la presente iniciativa de reforma en virtud de que la medida que se pretende establecer, brindará un plus en el suministro y servicio en el agua potable en las viviendas.
La iniciativa aprobada se turnó a la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), para continuar con su trámite legislativo.